14 de junio de 2026 · Actualizado el 17 de julio de 2026 · 6 min de lectura
Cuando vende la nuda propiedad de su casa y sigue viviendo en ella, los gastos del hogar se reparten entre dos personas: usted y el comprador. Le explicamos con palabras claras quién paga el IBI, la comunidad, el seguro y el mantenimiento.
En pocas palabras
En una venta de nuda propiedad, los gastos de la casa se reparten así:
usted, que sigue viviendo en la vivienda, paga el IBI, los gastos de
comunidad, su seguro de contenido y el mantenimiento del día a día (además de sus suministros: luz, agua y gas).
El comprador, el nuevo dueño, paga el seguro de continente y el mantenimiento
(derramas extraordinarias, reparaciones mayores).
Es el reparto más habitual y el que toma como referencia nuestra calculadora… aunque todo se puede
acordar de otra forma en el contrato.
Antes de empezar: ¿quién es quién?
En este acuerdo hay dos protagonistas, y conviene tenerlos claros:
El usufructuario es usted: la persona que vende la propiedad de la casa, pero conserva el derecho a vivir en ella de por vida.
El nudo propietario es el comprador: el nuevo dueño de la vivienda, que todavía no puede usarla mientras usted viva en ella.
Si quiere repasar estos conceptos con calma, se lo contamos en nuestra guía sobre qué es la nuda propiedad.
La idea clave del reparto
El reparto sigue una idea sencilla y de sentido común: quien usa la casa paga los gastos de usarla; quien es el dueño paga los de conservar la propiedad.
Como usted sigue viviendo en la vivienda, se hace cargo de los gastos del día a día. Y como el comprador es el dueño y quiere que su propiedad se mantenga en buen estado, asume los gastos de conservarla. Con otras fórmulas el reparto cambia: en la hipoteca inversa, por ejemplo, sigue siendo el dueño, así que los gastos de la vivienda continúan siendo suyos.
Cómo se reparten los gastos: IBI, comunidad, seguro y mantenimiento
De un vistazo, así queda el reparto de referencia (el más habitual) de los gastos de la vivienda:
Paga usted
vive en la casa
El IBI (el impuesto anual del ayuntamiento).
Los gastos de comunidad (limpieza, ascensor, portal…).
Los suministros que consume: luz, agua y gas.
Su seguro de contenido: los muebles y sus pertenencias dentro de casa.
El mantenimiento del día a día: reparaciones pequeñas, limpieza.
Paga el comprador
el nuevo dueño
El mantenimiento de la vivienda: derramas extraordinarias, reparaciones mayores.
El seguro de continente de la vivienda.
Lo más importante: esto se puede pactar. Este reparto es el más
frecuente, pero no es una norma fija: todo se puede acordar de otra forma en el contrato de compraventa.
De hecho, en algunas ventas el comprador acepta encargarse también del IBI o de la comunidad para hacer
su oferta más atractiva. Antes de firmar, lea bien el contrato y, si puede, cuente con la ayuda de un
profesional de confianza.
El contrato puede repartir los gastos entre las partes. Nuestra estimación utiliza un
reparto de referencia, pero conviene diferenciar entre quién asume económicamente el
gasto según el contrato y quién responde legalmente frente a terceros, como la comunidad
de propietarios.
Nuestra calculadora parte de este reparto (usted paga el IBI, la comunidad, su seguro de contenido y el
mantenimiento del día a día; el comprador, el seguro de continente y el mantenimiento: derramas
extraordinarias, reparaciones mayores). Si en su caso acuerdan algo distinto, téngalo en cuenta al
interpretar el resultado.
Cada gasto, explicado paso a paso
El IBI
Es el impuesto que cobra cada año el ayuntamiento por ser titular de una vivienda. En la nuda propiedad, lo habitual es que lo pague quien vive en la casa, es decir, usted, porque la ley lo vincula al disfrute de la vivienda.
Los gastos de comunidad
Son los gastos del edificio que se reparten entre todos los vecinos: la limpieza de la escalera, la luz del portal, el mantenimiento del ascensor, el jardín… Como es usted quien vive en la casa y disfruta de estos servicios, lo normal es que le corresponda pagarlos.
Los suministros (luz, agua y gas)
Esto es lo más claro de todo: usted consume la luz, el agua y el gas en su día a día, así que usted los paga, igual que ha hecho siempre.
El mantenimiento de la vivienda
Mantener la casa en buen estado (las derramas extraordinarias, las reparaciones mayores: el tejado, la caldera, la fachada) le corresponde al comprador, porque es el dueño de la propiedad y le interesa cuidarla de cara al futuro. Para usted es una ventaja: se quita de encima los gastos de conservación más grandes. Lo que sí sigue siendo suyo es el mantenimiento del día a día: un grifo que gotea, cambiar una bombilla, la limpieza.
El seguro de la vivienda
Aquí hay dos seguros distintos. El seguro de continente (el que protege el edificio en sí: paredes, tejado, instalaciones fijas) lo paga el comprador, como dueño del inmueble. El seguro de contenido (sus muebles, electrodomésticos y demás pertenencias dentro de casa) es cosa suya, si decide contratarlo.
¿Y los gastos grandes o imprevistos?
Estos son los casos que más dudas suelen generar:
Una reparación importante (el tejado, la caldera, una avería seria de las tuberías): le corresponde al comprador, porque afecta a la propiedad, que es suya.
Una derrama de la comunidad (cambiar el ascensor, arreglar la fachada): lo normal es que la asuma el comprador, aunque también puede pactarse en el contrato.
Un arreglo pequeño del día a día (un grifo que gotea, cambiar una bombilla): suele hacerse cargo quien vive en la casa, es decir, usted.
En resumen: las cosas pequeñas del día a día son suyas; las grandes, que afectan a la propiedad en sí, son del comprador. Y, una vez más, todo esto puede quedar reflejado de otra manera en el contrato.
Un ejemplo para verlo claro
María vendió la nuda propiedad de su piso, pero sigue viviendo en él tan tranquila. Así se repartieron los gastos durante el último año:
María pagó: el IBI del ayuntamiento, los recibos de la comunidad cada mes y sus facturas de luz, agua y gas.
El comprador pagó: el seguro del piso y la reparación del tejado del edificio que tocó ese año.
María sigue en su casa de siempre, con los gastos del día a día controlados y sin preocuparse por las reparaciones grandes.
¿Influye el reparto de gastos en lo que recibe?
Sí. Quién se hace cargo de cada gasto forma parte del acuerdo y puede influir en el dinero que recibe por su casa. Por eso, nuestra calculadora de nuda propiedad ya tiene en cuenta este reparto al estimar el valor de su nuda propiedad. Si en su caso el reparto pactado es distinto del habitual, puede reflejarlo con precisión en nuestro dossier personalizado, calculado con los supuestos y el reparto de gastos exactos de su caso. Y más allá de estos gastos del día a día, conviene conocer también los impuestos de la nuda propiedad.
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Preguntas frecuentes sobre los gastos en la nuda propiedad
¿Quién paga el IBI en la nuda propiedad?
Lo habitual es que lo pague el usufructuario, es decir, la persona que sigue viviendo en la casa. Aun así, en algunos contratos se acuerda que lo asuma el comprador.
¿Quién paga los gastos de comunidad?
Normalmente, quien vive en la vivienda, porque disfruta de los servicios del edificio (limpieza, ascensor, portal). Las obras grandes o derramas extraordinarias suele asumirlas el comprador.
¿Quién paga el seguro de la vivienda?
Hay dos seguros distintos. El seguro de continente (el edificio en sí) lo paga el comprador, como dueño del inmueble. El seguro de contenido (sus muebles y pertenencias dentro de casa) es cosa suya, si decide contratarlo.
¿Quién paga el mantenimiento y las reparaciones grandes?
El comprador, porque es el dueño de la propiedad: las derramas extraordinarias y las reparaciones mayores. Los arreglos pequeños del día a día, como un grifo o una bombilla, suelen ser de quien vive en la casa.
¿Quién paga una derrama de la comunidad?
Por lo general, el comprador, aunque depende de lo que se pacte en el contrato de compraventa.
¿Se pueden repartir los gastos de otra forma?
Sí. El reparto más común es el que explicamos, pero todo se puede acordar de otra manera en el contrato. Conviene leerlo con calma antes de firmar.
¿Qué reparto de gastos usa esta calculadora?
La calculadora asume que el usufructuario paga el IBI y la comunidad, y que el comprador paga el mantenimiento y el seguro. Si en su caso acuerdan algo distinto, téngalo en cuenta al ver el resultado.
Aviso. Este artículo tiene una finalidad únicamente informativa y no
constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Cada situación es distinta: antes de tomar una
decisión, conviene consultar con un profesional de confianza. Puede leer también nuestro
aviso legal.
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